martes, 12 de abril de 2011

JUBILACIONES

Viernes 29 de Abril de 2011

CHARLA INFORMATIVA

NUESTRO REGIMEN JUBILATORIO

ü ¿Cuáles son los requisitos para la Jubilación y la Pensión por IPS?

ü ¿Qué es la Jubilación “AUTOMÁTICA”? ¿Cómo se tramita?,

ü ¿Qué pasa con las “tareas pasivas”?

ü ¿Cómo se calcula el haber jubilatorio?, ¿estoy cobrando bien?

ü Recuperación del Régimen Especial Docente para docentes transferidos (Ley 24016) y la NUEVA Jubilación de Transferidos por IPS.

ü Jubilaciones por incapacidad

ü La Retribución Especial (seis sueldos) recuperada para todos.

ü Situación económica del Instituto de Previsión Social (IPS)

Dirigido a Delegados, docentes próximos a jubilarse, jubilados e interesados en general

A realizarse en Nuestra Sede Gremial, Humberto 1º 361, Quilmes, a las 17.30

Actividad totalmente gratuita para afiliados y no afiliados

Marcela Suárez

SECRETARÍA DE JUBILACIONES DEL SUTEBA

miércoles, 6 de abril de 2011

A los trabajadores les subieron el piso

Economía | Sábado, 2 de abril de 2011
El Gobierno anunció un aumento del 20 por ciento en el mínimo no imponible de Ganancias


La Presidenta comunicó la novedad durante una reunión con la cúpula de la CGT. Moyano calificó la medida como “muy buena”. Los solteros empezarán a pagar el impuesto a partir de salarios de 5782 pesos, mientras que los casados con dos hijos lo harán desde 7998 pesos.

Pago de Ganancias, antes y después, en pesos

Sueldo bruto (por mes) 6.000 7.000 8.000 9.000 10.000 11.000 12.000 13.000 14.000 15.000 20.000
Sueldo neto (por mes) 4.980 5.810 6.640 7.470 8.300 9.130 9.960 10.790 11.640,53 12.640 17.640
Trabajador soltero










Impuesto a las Ganancias (antes) (1) 14,54 97,15 221,09 384,85 575,75 766,65 963,21 1.187,31 1.416,96 1.699,84 3.362,72
Impuesto a las Ganancias (ahora) (1) 0,00 2,51 78,43 195,69 354,10 545,00 735,90 927,12 1.156,76 1.426,76 3.025,43
Menor Impuesto 14,54 94,64 142,66 189,16 221,65 221,65 227,31 260,20 260,20 273,08 337,29
Trabajador casado










Impuesto a las Ganancias (antes) (2) 0,00 0,00 0,00 72,48 187,29 343,42 532,94 723,84 919,46 1.188,49 2.716,57
Impuesto a las Ganancias (ahora) (2) 0,00 0,00 0,00 0,00 27,22 116,88 247,87 417,26 612,89 842,89 2.264,33
Menor impuesto 0,00 0,00 0,00 72,48 160,07 226,55 285,07 306,57 306,57 345,61 452,24

(1) Deduce ganancia no imponible y deducción especial. (2) Deduce ganancia no imponible, deducción especial, esposa y 2 hijos.

Fuente: Elaboración propia.

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lunes, 4 de abril de 2011



A CUATRO AÑOS DE TU ASESINATO SEGUIMOS LUCHANDO PARA QUE TODOS LOS CULPABLES TENGAN CONDENA EFECTIVA Y CÁRCEL COMÚN.
Y COMO CADA 4 DE ABRIL REPETIMOS EL GRITO DE ¡CARLOS FUENTEALBA, PRESENTE, AHORA Y SIEMPRE!¡

sábado, 2 de abril de 2011

Se aprobò la ley que permite a los docentes transferidos jubilarse por el IPS


UN LOGRO DE LA DOCENCIA ORGANIZADA
La Secretaría de Jubilaciones de SUTEBA vino realizando acciones,
respondiendo una sentida demanda de los docentes transferidos,
a fin de que se sancione deinmediato la Ley por la cual no se
aplicará el criterio de Caja Otorgante a los docentes y no docentes
que acrediten 15 años ó más, aportados al IPS. 55 años de edad y
los requisitos que exija la Ley de Jubilaciones de la Prov. de Bs.As.
En el caso de los docentes, esta Ley vino a solucionar el problema
de los transferidos ya que a partir de su promulgación y por el
término de 180 días se podrán jubilar por el IPS.
¡Vaya nuestro reconocimiento a todos aquellos jubilados y
docentes en actividad que fortalecieron esta lucha!.
Con la certeza de que vamos por más!
Marcela Suárez
Secretaria de Jubilaciones del SUTEBA Seccional Quilmes